El Recurso de Casación Civil en el Sistema Judicial Peruano en el bienio 2012 - 2013
Palavras-chave:
Casación Civil, Improcedencia, Recurso de Casación, Nomofilaxis, Jurisprudencia, DikelógicaResumo
La investigación se originó ante la necesidad de determinar, si la Casación Civil cuando declaró improcedentes los Recursos de Casación en el Perú en el Bienio 2012- 2013, cumplió su finalidad, puesto que si se tiene como finalidades del Recurso de Casación Civil, la protección de la norma jurídica, la unificación de la jurisprudencia, esta no puede lograrse si muchos Recursos de Casación Civil al ser declarados improcedentes, ni siquiera serán objeto de estudio o análisis. Frente al problema planteado se formuló la siguiente hipótesis: “La Casación Civil cuando declara improcedentes los Recursos de Casación en el Perú en el Bienio 2012- 2013, no ha cumplido su finalidad, porque en dichos casos no se llega a determinar la observancia correcta de la norma, ni uniformizar los criterios jurisprudenciales”. La investigación fue dividida en dos fases: teórica y estadística. En la primera fase se hizo un análisis doctrinario, legal y jurisprudencial del tema de estudio. En la segunda fase, se revisó y se procesó el total de Recursos de Casación Civil, que fueron declarados improcedentes, en el Bienio 2012-2013, registrando las características más relevantes de cada uno de ellos, como lo fueron: Los motivos de improcedencia, normas invocadas, pretensiones, tanto en la Sala Civil Permanente como en el Sala Civil Transitoria de la Corte Suprema de la República del Perú. Para la recolección de los datos se utilizaron las técnicas de la observación documental, y el fichaje, elaborándose diversos instrumentos como: las hojas de registro, fichas y cuadernillos de encuestas. Para el estudio de la información se utilizaron diversos métodos, entre ellos el método analítico, exegético y sistemático. Para la organización de la información y su presentación se emplearon figuras, tablas, y cuadros estadísticos. Los resultados evidenciaron que la Casación Civil cuando declara improcedentes los Recursos de Casación en el Perú en el Bienio 2012- 2013, no ha cumplido su finalidad, porque en dichos casos no se llega a determinar la observancia correcta de la norma, ni uniformiza los criterios jurisprudenciales, porque sustenta sus decisiones en estrictas y literales formalidades que impiden el desarrollo de la doctrina jurisprudencial, el acceso a la tutela judicial efectiva y el cumplimiento de la tercera finalidad de la Casación Civil, que es la finalidad dikelógica, que es la búsqueda o consecución de justicia, que no se logra.
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