Aplicación del principio “non bis in ídem” y las disposiciones fiscales de archivo con calidad de “cosa decidida”

Autores/as

  • Edilberto Martínez Universidad Nacional de Trujillo
  • María Chávez Corte Superior de Justicia de La Libertad

Palabras clave:

Principio non bis in idem, Derecho, Disposición Fiscal, Archivo, Cosa Decidida, Cosa Juzgada

Resumen

La investigación se origina ante la necesidad de determinar cuándo se debe de aplicar el principio non bis in idem a las disposiciones fiscales de archivo que concluyen que el hecho denunciado no constituye delito, evitando de esta manera, con el nuevo conocimiento obtenido, los excesos en la persecución penal por parte del Ministerio Público y del Órgano Jurisdiccional, contra una misma persona anteriormente investigada y que ha obtenido a su favor una disposición fiscal de archivo porque el hecho denunciado no constituía delito. Frente al problema planteado se formuló la siguiente hipótesis: “Se debe aplicar el principio non bis in idem a las disposiciones fiscales de archivo que concluyen porque el hecho denunciado no constituye delito, cuando tengan la calidad de cosa decidida”. La investigación fue dividida en dos fases: teórica y de campo. En la primera fase se hizo un análisis doctrinario, legal y jurisprudencial del tema de estudio. En la segunda fase, se aplicó una encuesta a fiscales del Distrito Fiscal de la Libertad para recolectar datos sobre las disposiciones fiscales de archivo. Así mismo, se recabó información de tres fiscalías respecto a las disposiciones fiscales de archivo que se emiten y su calidad de cosas decidida, para los efectos de la aplicación del principio non bis in idem. Para la recolección de los datos se utilizaron las técnicas de la observación documental, la encuesta y el fichaje, elaborándose diversos instrumentos como: las hojas de registro, fichas y cuadernillos de encuestas. Para el estudio de la información se utilizaron diversos métodos, entre ellos el método analítico, exegético y sistemático. Para la organización de la información y su presentación se emplearon tablas de frecuencia y figuras estadísticas. Los resultados evidenciaron que el principio non bis in idem se aplica a las disposiciones fiscales de archivo que concluyen que el hecho denunciado no constituye delito, cuando tengan la calidad de cosa decidida, por tanto con los mismo efectos de la cosa juzgada, cuando ha quedado consentida o confirmada por el superior jerárquico.

Biografía del autor/a

Edilberto Martínez, Universidad Nacional de Trujillo

Facultad de Derecho y Ciencias Políticas - UNT.

Citas

BINDER, A. (1999). Introducción al Derecho Procesal Penal. Bs. As.

CABANELLAS, G. (1992). Repertorio jurídico de Principios Generales del Derecho, Locuciones, Máximas y Aforismos Latinos y Castellanos.

Compilada por Ana María Cabanellas. Heliasta S.R.L. Bs. As.

CARNELUTTI, F. (2003). Instituciones de Derecho Procesal Civil. Biblioteca Clásicos del Derecho. Primera Serie. Volumen 5. Oxford University Press. Impreso en México

LÓPEZ, J. (2009). Tratado de Derecho Procesal Penal. Los Principios del Proceso Penal en Particular: El Principio Non Bis in Idem. Aranzadi. Thomson Reuters. 3era. Ed. Impreso en España. Capítulo VI, p. 188.

MAIER, J (2008). Antología. El Proceso Penal Contemporáneo. Inadmisibilidad de la Persecución Penal Múltiple (ne bis in ídem). Palestra. Instituto de Ciencias Penales. Universidad Privada Antenor Orrego. Mayo.

MUÑOZ, F. (2007). Derecho Penal. Parte general. Tirant Lo Blanch libros.

MUÑOZ, F. (2006). Ne Bis in Idem y Derecho Penal. Murcia

NÚÑEZ, F. (2012). El Contenido esencial del non bis in ídem y la cosa juzgada en el Nuevo Código Procesal. Grijley. Lima.

NÚÑEZ, F. (2011) “Nueva persecución penal cuando el Ministerio Público dispuso el archivo definitivo por considerar que el hecho imputado no constituye delito ¿El archivo definitivo tiene efectos de cosa decidida o de cosa juzgada? En Gaceta Constitucional. Análisis multidisciplinario de la Jurisprudencia del Tribunal Constitucional. T. 45. Setiembre. P.157-168.

REÁTEGUI, J. (2006). La Garantía del “Ne Bis in Idem” en el Ordenamiento Jurídico-Penal. Jurista Editores. Noviembre.

REYNA, L. (2011). El Proceso Penal Aplicado. Grijley, Lima.

ROSAS, J. (2009) Manual de Derecho procesal Penal. Con aplicación al Nuevo Proceso Penal. Jurista Editores. Lima-Perú. Mayo.

ROXIN, C. (2000). Derecho Procesal Penal. Traducción de la 25ª ed. Alemana de Gabriela E. Córdoba y Daniel R. Pastor, revisada por Julio B. J. Maier. Editores del Puerto. S.R.L. Bs. As.

SÁNCHEZ, P. (2004). Manual de Derecho Procesal Penal. Idemsa, Lima.

SAN MARTÍN, C. (2008). La cosa juzgada como causal de extinción de la acción penal. Actualidad Jurídica. p. 148. Gaceta Jurídica. Tomo 181. Diciembre.

SAN MARTIN, C. (2006). Derecho Procesal Penal. 2ª Edición. Grijley. Lima.

URQUIZO, J. (2000). El Principio de Legalidad. Editorial Gráfica Horizonte S. A., Lima.

ADAME G, J. Las Sentencias de Paulo. Biblioteca Jurídica Virtual – UNAM. Biblio.jurídicas.unam.mx/libros/4/1749/3.pdf. Consultado el 15 de Enero de 2014.

JURISTA EDITORES (2015). Constitución Política del Peru de 1,993. Lima – Perú.

JURISTA EDITORES (2015). Código Penal de 1,991. Lima – Perú.

JURISTA EDITORES (2015). Código Procesal Penal del 2,004. Lima – Perú.

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Publicado

2016-08-29

Cómo citar

Martínez, E., & Chávez, M. (2016). Aplicación del principio “non bis in ídem” y las disposiciones fiscales de archivo con calidad de “cosa decidida”. Revista CIENCIA Y TECNOLOGÍA, 11(3), 103-111. Recuperado a partir de https://revistas.unitru.edu.pe/index.php/PGM/article/view/1118

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Artículos Originales